Miembros de la Comisión de Enlace –integrada por las representaciones educativas de Guerrero, Jalisco, Estado de México, Yucatán y Tabasco, y presidida por Puebla– del Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU) con la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, demandaron a la Comisión de Educación y Servicios Educativos de ese órgano legislativo que se incorpore a la agenda educativa nacional que sostienen, la discusión de una iniciativa de ley para que las instituciones educativas cuenten con una tarifa de energía eléctrica escolar. Turnada por Alberto Gonzáles a la Comisión de Energía sería cabildeada por los secretarios de educación local con la diputaciones federales de la entidades para lograr su propósito.
Demanda añeja de las asociaciones de padres (y madres) de familia, el costo de la energía eléctrica, que alcanzaría en la entidad una cifra aproximada de un mil 300 millones de pesos anuales, es cubierta mayoritariamente (70 por ciento) por las aportaciones voluntarias de las mater y los pater familias, quedando en manos de las autoridades educativas una erogación de tan sólo un poco más de 400 millones de pesos por ejercicio.
El problema se agrava si se toma en cuenta que 70 por ciento del servicio educativo de la entidad es transferido por el gobierno federal al de la entidad, sin incluir en el presupuesto, el costo total de los servicios de operación.
La propuesta de las madres y los padres de familia y las demandas de las autoridades educativas locales no dejan de tener razón.
La falta de fondos que integren una partida específica que cubra este rubro transfiere a quienes menos tienen un costo que merma los escasos ingresos de las familias pues como afirma Aurora Gonzáles de Rosas, presidente de la Federación Nacional de Padres de Familia, las autoridades educativas priorizan cubrir el pago de energía eléctrica de las escuelas grandes, las más ricas, sobre las más pequeñas y pobres.
Violatoria de la fracción IV del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;), soportada en una ley reglamentaria, la Ley General de Educación (Participar en la aplicación de cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las propias asociaciones deseen hacer al establecimiento escolar; fracción III, artículo 67 ) y en el reglamento de Asociaciones de Padres de Familia (Participar en la aplicación de las cooperaciones en numerario, bienes y servicios que las asociaciones hagan al establecimiento escolar, y, fracción III, artículo cuarto) que legitiman las “aportaciones voluntarias” que hiciesen madres y padres de familia, quienes sin deberla ni temerla, cubren el importe de aquellos servicios indispensables para el funcionamiento de las instituciones educativas.
Incoherente, las escuelas pagan tarifas diferenciadas en función de su ubicación geográfica sin importar que no necesariamente por encontrarse en una zona industrial, comercial y de servicios o habitacional, las niña y los niños provengan, de familias con más o menos recursos y que, son ellos y no el Estado, la administración gubernamental en sus diferentes niveles, quienes deben cubrir el importe del gasto que origina el consumo de la luz.
Indispensable para el funcionamiento de las instituciones escolares, los padres y la madres ven día con día como se incrementa el costo de las tarifas de la luz merced a las políticas públicas aprobadas por la administración de Felipe Calderón Hinojosa, titular del ejecutivo federal emanado de las filas del Partido acción nacional (PAN) que eliminan subsidios y equiparan las tarifas a precios internacionales y la proliferación de las aulas multimedia que afortunadamente y por varias vías, entre ellas las de la aportaciones voluntarias lo mismo que con cargo a la administración local o la viejas máquinas del programa Enciclopedia de la administración foxista, ahora existen en las instituciones educativas, independientemente del alto consumo de energía eléctrica que provocan los climas extremos que afectan a gran parte del territorio de la República Mexicana, mismos que afectan a la prestación del servicio educativo.
Y sin embargo se puede, la iniciativa de los responsables de la prestación del servicio educativo tienen antecedentes, a más de que este servicio debiese como lo establece la Ley General de Educación, ser cubierto por las administraciones municipales con cargo a la partida del ramo 33, en acciones de administraciones municipales del estado de Veracruz, quienes extienden certificados de exención de pago de luz para las escuelas públicas como parte, al parecer de un acuerdo existente entre el ejecutivo estatal y representantes de la Comisión Federal de Electricidad.
La tarifa preferencial sería el primer paso para quitar una carga adicional que por el momento cargan madres y padres de familia quienes se hacen cargo de servicios públicos incluidos que debiesen ser con cargo al erario, por estar incluidos en el concepto de gratuidad de la educación postulado por el Estado Mexicano y que debe incluir, además, a los insumos requeridos, incluidos útiles escolares y uniformes gratuitos, como re0quisito para cumplir con esta obligación constitucional.
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