El proyecto de presupuesto de egresos de la federación 2010 entregado por Agustín Carstens Carsten, encargado del despacho de Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la administración federal encabezada por Felipe Calderón Hinojosa, ala nueva legislatura de la Cámara de Diputados, muestra una clara tendencia hacia el centralismo educativo. En los hechos a través del documento presidencial entregado por el vocero para estos efectos, el gobierno federal finiquita el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y Normal (ANMEB del 18 de mayo de 1992) dado que como señalan expertos analistas; "En el Artículo 9, Fracción IV inciso a), se señala un párrafo que establece el último día de julio como plazo para que la SEP cuente con un registro actualizado de la totalidad del personal federalizado, por centro de trabajo, con el nombre de cada trabajador y su respectiva Clave Única de Registro de Población (CURP), para lo cual, la SEP establecerá y administrará un sistema electrónico al cual dará acceso a las entidades federativas que lo soliciten para facilitar la administración de las plazas y el pago de nómina correspondiente."
Con anterioridad el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB) y Normal signado por los gobernadores de la entidades y Elba Esther Gordillo Morales, actual presidenta del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, habría transferido a los ejecutivos locales la administración de todos los recursos mediante la firma de convenios entre los ejecutivos federal y locales: "De conformidad con dichos convenios y a partir de ahora, corresponderá a los gobiernos estatales encargarse de los establecimientos educativos con los que la Secretaría de Educación Pública ha venido prestando, en cada estado y bajo las modalidades y tipos , los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y para la formación de maestros, incluyendo la educación normal, la educación indígena y la educación especial.
En consecuencia, el Ejecutivo Federal traspasa y el respectivo gobierno estatal recibe, los establecimientos, escolares con todos los elementos de carácter técnico y administrativo, derechos y obligaciones, bienes muebles e inmuebles, con los que la Secretaría de Educación Pública venía prestando, en el estado respectivo, los servicios educativos mencionados, así como los recursos financieros utilizados en su operación." Apartado IV párrafos tres y cuatro, del ANMEB.
De manera clara y contundente, el párrafo octavo, luego de que en los anteriores el ejecutivo federal señalara que transferiría recursos crecientes para cumplir con las obligaciones que les fueran impuestas a los gobiernos locales y que la misma manera sería su obligación concurrir al proceso con recursos compensatorios, plasma de manera literal que "Cada gobierno estatal, por conducto de su dependencia u organismo competente, sustituirá al titular de la Secretaría de Educación Pública en las relaciones jurídicas existentes con los trabajadores adscritos a los planteles y demás servicios que se incorporen al sistema educativo estatal", a más de comprometerse los gobiernos locales a respetar derechos laborales, reconocer al SNTE como titular local de las relaciones colectivas laborales, quedando las autoridades educativas locales como "obligados solidarios".
Inconforme con el manejo de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica (FAEB) lo mismo que con la que tienen otro recursos de origen federal, la administración federal propició primero una modificación constitucional mediante la que la Auditoría Superior de la Federación debe "I. Fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la Ley."
También fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados…, con excepción de las participaciones federales; así mismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, …Sin perjuicio del principio de anualidad, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá solicitar y revisar, de manera casuística y concreta, información de ejercicios anteriores al de la Cuenta Pública …", artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la misma manera y como un antecedente directo emanado de una auditoría practicada en 2009 a los despachos educativos locales por la Secretaría de Educación Pública, Josefina Vázquez Mota, a la sazón titular del despacho emitió el 26 de febrero del 2009, el "ACUERDO número 482 por el que se establecen las disposiciones para evitar el mal uso, el desvío, o la incorrecta aplicación de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB), que, considera el ejecutivo federal, subsisten y que pretende acotar mediante lo descrito en el párrafo inicial relativo al proyecto de presupuesto 2010 con el resultado ya planteado: centralizar en la práctica la administración de los recursos humanos pagados con recursos de origen federal mediante la generación de una base de datos a la que tendrían acceso todas secretarías de educación locales, las que adicionalmente seguirán cargando el lastre de ser los patrones sustitutos.
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