Las inclemencias del tiempo provocaron la suspensión de actividades escolares en varias entidades de la República. Muchísimas madres y muchísimos padres de familia, reaccionaron ante las bajas temperaturas que nos azotan -y que por cierto no son las más bajas que hayamos padecido según peritos en la materia-, resguardando a sus hij@s en sus hogares, medida legitimada en varios Estados de la federación por autoridades educativas locales de diferentes rangos.
Los medios masivos de comunicación muestran a través de la televisión y de fotografías, al mismo tiempo que la belleza del paisaje nevado, el sufrimiento de cientos de miles de mexicanos y mexicanas que viven en condiciones de pobreza y/o pobreza extrema y que carecen de lo indispensable para enfrentar temperaturas de menos cero grados. Pero, aunque las temperaturas que vivimos no sean las más bajas según datos estadísticos, para mucha gente, éste invierno es el más crudo que recuerdan y establecen en sus comentarios que cada año hace más frío y no pocos demandan el retorno al calendario B, que muchas de las madres y muchos de padres jóvenes conocen por comentarios de sus ancestros.
El calendario escolar no es más que una distribución arbitraria del ciclo lectivo en períodos de clases y de vacaciones, establecido, por obra y gracia de la Ley General de (LGE), de manera "exclusiva" por las autoridades educativas federales en tratándose de educación básica y normal, fracción II, artículo 12, sección 1, capítulo II, artículo 51, sección III y ajustado para el nivel de referencia cuando fuese necesario, por las autoridades educativas locales, fracción III, artículo 13, artículo 51. "Oficialmente" en la República Mexicana y a partir de la sustitución de la Ley Federal de Educación por la LGE (1994) se establece que el calendario escolar para educación básica consta de doscientos días hábiles -800 horas- que deberían dedicarse fundamentalmente a la práctica escolar, dos períodos de vacaciones de 10 días hábiles cada uno (diciembre-semana santa) y un receso escolar. La norma señala que el calendario original y el ajustado deben ser publicados en el Diario y el Periódico oficial respectivamente por las autoridades educativas correspondientes.
La discusión sobre que calendario adoptar, es sin embargo añeja. Ernesto Meneses y coautores (Tendencias Educativas Oficiales en México 1964-1976) señalan la coincidencia de argumentos de las administraciones de Porfirio Díaz y Gustavo Díaz Ordaz para que el calendario escolar mexicano coincidiera con el norteamericano, imponiéndose en 1911 "mas la inconveniencia de asistir a clases en los fríos días del invierno capitalino que la ventaja de hacer coincidir el calendario nacional con el de Norteamérica.". El calendario escolar establecía clases 5 días y seis horas de clase a la semana durante 10 meses hábiles por dos de vacaciones, sin embargo en 1965 justificaciones adicionales, entre ellas la pertinencia de estudiar en invierno sobre verano apoyadas en un mayor rendimiento escolar en épocas de frío y los períodos de calor más prolongados en los segundos que los primeros, la poca asistencia a clases en verano, por parte de los niñ@s campesinos que se incorporan a la cosecha entre los meses de julio y agosto, la movilidad por cambio de residencia entre estudiantes y docentes nacionales y extranjeros que mudan de región o de país, becas otorgadas por organismos extranjeros lo mismo que intercambios académicos con otras naciones de Europa y Estados Unidos, la simplificación de cambios en el ámbito laboral, la pérdida de seis meses que afectaban a los alumn@s y maestr@s que mudaban de región escolar, los pocos días de labor efectiva (que aún persiste, 135) vertidas por diferentes sectores del que hacer-educativo incluidos investigadores educativos de la talla de Pablo Latapí (Opus cit.) y organismos como el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), justificaron la imposición del calendario único.
Sin embargo, la inclemencia del tiempo y señalamientos que recuerdan que en los meses de junio, julio y agosto no existen suspensiones de clases, revisar la pertinencia de un calendario escolar cuestionado en los hechos por la sociedad a pesar de los motivos que en su momento justificaron la adopción del calendario A, resulta más que necesario, lo mismo que discutir socialmente medidas paliativas como la que otorga la facultad para que los directores de las escuelas suspendan las clases de acuerdo a la percepción que tengan sobre el mal clima emanada de la Secretaría de Educación pública del estado de Tlaxcala, que no garantiza la reposición de los días efectivos que marca el calendario escolar.
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