Acuerdo a revisión

17 Septiembre 2006
El anuncio mediante el que estado de Zacatecas establece su separación del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y Normal (ANMEByN) fue antecedido en su momento por intenciones similares externadas por los gobiernos de Alfonso Sánchez Anaya –Tlaxcala- y Jorge Murat -Oaxaca-, mandatarios que aludieron a los mismos argumentos para justificar sus decisiones; inequidad en la operación del acuerdo, incumplimiento financiero del gobierno federal, excesiva carga financiera para la administración local, doble negociación salarial y otras similares. Y tal pareciera que ésta estas son las únicas inconformidades expresadas por la entidades ¿beneficiadas? por este acuerdo sin que salte a la memoria que otros instrumentos descentralizadores han sido rechazado por los gobiernos locales como aquel que transferiría la educación media superior tecnológica operada de manera a los gobiernos estatales, debido al alto costo que significaría aceptar a ese subsistema en la condiciones actuales de envejecimiento de la planta docente y a los altos costos financieros que deberán pagar los gobiernos locales. Sin embargo a pesar de los intereses que manifiesten diversos actores del proceso educativo a favor o en contra de la postura zacatecana, existen razones adicionales para que los gobiernos locales revisen un acuerdo altamente beneficioso sólo para una de las partes, la representada por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), como lo es aquella que reconoce al SNTE como titular de las relaciones laborales al margen de la normatividad laboral aplicable en la materia, y la disposición en los acuerdos correspondientes a las entidades federativas por los que se reconoce tambien al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del SNTE como titular de la relaciones laborales quien delega el ejercicio de gobierno en sus comités ejecutivos seccionales a los que pueden desconocer en el momento que lo disponga la alta dirección de la organización nacional.Otra de las cláusulas que deben ser revisadas es la que alude al reconocimiento de los beneficios sindicales alcanzados a través de mecanismos derivados de usos y costumbres, cláusula que permite lo mismo suspender las actividades docentes con motivos baladíes argumentando la realización de una asamblea sindical –no programada- que justificar el puente 30 de abril 18 de mayo, que construyen muchos trabajadores de la educación en múltiples escuelas públicas de la entidad.Otro de los elementos que debe sujetarse a revisión es el que permite que se realice una doble negociación salarial so pretexto de la concurrencia a la que estan obligados tanto autoridades locales como municipales. El establecimiento de los incrementos salariales y de prestaciones corresponde a la comisión mixta SEP-SNTE, misma que después de múltiples negociaciones de carácter económico y político determina los incrementos al concepto 07 y al porcentaje de prestaciones que deberán ser asignados mediante la respuesta a los pliegos petitorios de las secciones locales. Los descuidos de las autoridades en las negociaciones de las entidades o el triunfo o las conquistas de las secciones locales impulsan peticiones en otras entidades puesto que el acuerdo establece la obligación de homologar las prestaciones del magisterio nacional, asunto que merece ser revisado.El ANMEByN sin duda por su parcialidad en beneficio de la institución gremial debe ser substituido por uno que garantice el desarrollo libre y soberano del proceso educativo en las entidades federales como lo propone el gobierno de Zacatecas.

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